CÓRDOBA TENDRÁ UNA PATRULLA NÁUTICA PROVINCIAL

Durante la sesión de hoy la Legislatura Provincial sancionó una nueva ley de Seguridad Náutica, la cual tiene por objeto regular la actividad naval y el uso con fines de navegación de lagos, lagunas, ríos, arroyos y cursos de agua de dominio público en jurisdicción de la Provincia de Córdoba

La nueva ley establece al ministerio de Seguridad provincial como autoridad de aplicación, concretamente a través de la Dirección de Seguridad Náutica, dependiente de la secretaría de Gestión de Riesgo Climático, Catástrofes y Protección Civil de dicho ministerio.

En el marco de la flamante ley, se creó la Patrulla Náutica Provincial en el ámbito de la dirección de Seguridad Náutica, conformada por un cuerpo integrado en forma permanente por agentes de la dirección y por efectivos dependientes de la Dirección de Unidades de Alto Riesgo (DUAR) de la Policía de Córdoba y del Equipo Tecnico de Acción ante Catástrofes (ETAC).

Vigilancia y Prevención

La Patrulla Náutica será el brazo ejecutor de las tareas de vigilancia, prevención, fiscalización y control naval necesarias en la preservación de las vías navegables y el patrimonio náutico en su conjunto frente a la acción de terceros, en los espejos de agua conforme planificación, necesidad, estacionalidad, y eficiencia del uso de los recursos; según se señala en el proyecto.

En ese sentido, estará facultada por la nueva ley para ejercer tareas de inspección, control, fiscalización e investigación y cualquier otra medida y/o acción que juzgue conveniente sobre embarcaciones, artefactos náuticos, puertos, fondeaderos, amarres, guarderías, boteras, clubes o instituciones náuticas, y personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades náuticas.

Además, este cuerpo podrá efectuar la clausura preventiva de oficio o por denuncia pertinente de puertos, amarraderos, fondeaderos, embarcaderos, accesos y egresos a las aguas destinadas para navegación, o cualquier instalación náutica sean fijas o móviles, de carácter comercial, deportivo, de beneficencia, experimental o con cualquier otro destino, de propiedad de clubes, particulares, entidades oficiales, etc., por carecer de habilitación o incumplir las condiciones técnicas y de seguridad exigidas por la reglamentación vigente.

En materia de prevención y control, una novedad que introduce la nueva ley es que la Patrulla Náutica podrá realizar controles de documentación (matrícula de la embarcación; licencia del conductor), como así también realizar controles de alcoholemia sobre embarcaciones. Inclusive, el nuevo marco normativo prohíbe para la navegación en embarcaciones la utilización de motores de dos tiempos.

Fuente: Carlos Paz Vivo

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